Reglas de Integridad

REGLAS DE INTEGRIDAD

I.- Actuarán conforme a lo que las leyes, reglamentos y demas disposiciones jurídicas les atribuyen a su empleo, cargo o comisión por lo que deben conocer y cumplir las disposiciones que regulen el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones;

II.- Deberán conducirse con rectitud sin utilizar o aprovechar su empleo, cargo o comisión para obtener  o pretender obtener algún beneficio, provecho o ventaja personal o a favor de terceros, i buscar o aceptar compensaciones, prestaciones, dádivas, obsequios o regalos de cualquier persona u organización;

III.- Deberán satisfacer el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general y bienestar de la población;

IV.- Actuarán conforme a una cultura de servicio orientada al logro de resultados, procurando en todo momento un mejor desempeño de sus funciones a fin de alcanzar las metas institucionales según sus responsabilidades.

V.- Administrarán los recursos públicos que estén bajo su responsabilidad, sujetándose a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia, y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados;

VI.- Promoverán, respetarán, protegerán y garantizarán los derechos humanos establecidos en la Constitución, en los tratados internacionales y convenciones de los que el Estado de Mexicano sea parte;

VII.- Corresponderán a la confianza que la sociedad les ha conferido; tendrán una vocación absoluta de servicio a la sociedad, y preservarán el interés superior de las necesidades colectivas por encima de intereses particulares, personales o ajenos al interés general;

VIII.- Evitarán y darán cuenta de los intereses que puedan entrar en conflicto con el desempeño responsable y objetivo de sus facultades  y obligaciones, y

IX.- Se Abstendrán de realizar cualquier trato o promesa privada que comprometa a los Entes Públicos del estado de Morelos.

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